Este martes por la tarde el jefe de Policía de San José, Atilio Rodríguez, encabezó una conferencia de prensa en la que informó los resultados de la Operación Álava, llevada a cabo por la Jefatura josefina en conjunto con su par de Colonia y que incluyó allanamientos en Ciudad del Plata (San José) y Juan Lacaze (Colonia), en efectos tales como celulares, cámaras y monitores, un auto y más de 80 mil pesos uruguayos. A todo lo mencionado anteriormente debe sumarse dos armas de fue- go, entre ellas una pistola de 9 mm utilizada para ultimar a una comerciante Azucena Conde Cenandez de 63 años en el barrio Sofima, zona de Ciudad del Plata en el departamento de San José, crimen registrado el pasado 27 de abril.
En el Juzgado de 1er. Turno de Libertad fue sentenciado José Aarón Da Silva Cardozo de 25 años, poseedor de antecedentes penales, como coautor penalmente responsable de un delito de homicidio agravado por uso de arma de fuego y autor penalmente responsable de un delito continuado previsto en el art. 34 del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de suministro de sustancias estupefacientes, un delito de porte de arma de fuego por reincidente y un delito de tráfico interno de armas de fuego y municiones, todos ellos en régimen de reiteración real entre sí, a la pena de nueve años y seis meses de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
También se condenó a una mujer de iniciales M.C.M.B de 24 años, sin antecedentes penales, como autora penalmente responsable de un delito previsto en el art. 33 de la Ley 19.574 en la modalidad de asistencia a los agentes de la actividad delictiva prevista en los arts. 34 y 35 bis del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de suministro de sustancia estupefaciente prohibidas, a la pena de dos años de penitenciaria de cumplimiento efectivo.
En tanto M.J.T,C de 26 años, sin antecedentes judiciales, como autor penalmente responsable de un delito previsto en el art. 33 de la Ley 19.574 en la modalidad de asistencia a los agentes de la actividad delictiva prevista en los arts. 34 y 35 bis del Decreto Ley 14.294 en la modalidad de suministro de sustancia estupefaciente prohibidas, a la pena de dos años de penitenciaría de cumplimiento efectivo.
Sentenciado D.E.R.E. de 21 años carente de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito continuado de suministro de sustancia estupefaciente prohibida en la modalidad de onerosa, a sufrir la pena de dos años y seis meses de penitenciaría