El uso de los elementos de protección personal en el trabajo es crucial para la seguridad y el bienestar de los trabajadores. En esta columna, se abordará la relevancia de utilizar estos elementos, cómo la ausencia de los mismos aumentan la gravedad de lesiones laborales así como su impacto en la salud a largo plazo. También se destacarán ejemplos prácticos y consejos para promover su uso en diferentes entornos laborales.
Los EPP, o Elementos de Protección Personal, son dispositivos, accesorios o prendas diseñados para proteger la integridad física y la salud de los trabajadores frente a riesgos laborales. Su función es reducir el Riesgo (combinación de la probabilidad de que suceda algo peligroso por la gravedad del año que podría ocasionar dicho suceso) frente a exposición a peligros como impactos, productos químicos, ruido, radiaciones, temperaturas extremas, entre otros. Los EPP incluyen cascos, gafas de seguridad, guantes, calzado especializado, protectores auditivos y ropa de trabajo resistente, entre otros. Su uso adecuado es fundamental para prevenir accidentes (también disminuir lesiones en caso de que ocurran) y prevenir enfermedades laborales.
Los riesgos laborales se pueden categorizar.
Los trabajadores, cada uno en su tarea, están expuestos a constantes Riesgos Laborales, de ahí que surge la necesidad de brindarles los EPP a su puesto de trabajo. Existen Riesgos para la SEGURIDAD en el Trabajo:-Caídas al mismo nivel. -Caídas desde distintas alturas. -Desplomes o derrumbamiento de objetos. -Derrumbe de estructura (edilicia). -Golpe contra objetos (herramientas). -Atropellos (por máquinas). -Proyección de partículas. -Atrapamientos. -Contacto térmico. -Contacto eléctrico (directo). -Contacto eléctrico (indirecto). -Inicio de fuego. -Contacto con sustancias nocivas (corrosivas). -Fuga y/o derrame de sustancias químicas. Y un gran etc. El común denominador de estos riesgos, es que la manera en que se materializa es de forma inesperada, violenta y repentina, interrumpiendo la continuidad del trabajo y causando daño al trabajador. Las consecuencias sobre el trabajador aparecen de manera casi espontánea (puede ser en 1 segundo o menos), como fracturas, quemaduras, heridas cortantes, amputaciones, entre otras, (incluso la perdida de la vida). Ante estos riesgos es indispensable que el trabajador esté protegido en distintas partes del cuerpo.
También están los Riesgos Higiénicos, pueden ser: *Riesgos físicos: -Ruido. -Vibraciones. -Frío.-Calor. -Radiaciones no ionizantes (Rayos UV, Rayos Infrarrojos).-Radiaciones ionizantes (Rayos X, Rayos gamma). -Presiones anormales (aumento de presión atmosférica y disminución de presión). *Riesgos Químicos: -Polvos minerales. -Humos y gases. -líquidos, sólidos, y gases tóxicos. -Sustancias con un pH extremo (sumamente ácido o básico). *Riesgos biológicos: -Agentes alérgenos orgánicos (plumas, polen, virutas, etc.). -Agentes patógenos (hongos, bacterias, virus, priones, parásitos, etc.). -Fluidos (sangre, vómitos, materia fecal, orina, etc.). Entre otros Riesgos Higiénicos. En estos casos, aunque no necesariamente hay una interrupción a la continuidad del trabajo, hay un deterioro lento y paulatino de la salud del trabajador, producido por una exposición continua a los riesgos mencionados, en lo que se manifiestan las llamadas Enfermedades Profesionales. Algunos ejemplos son: La hipoacusia por una exposición continua a maquinas muy ruidosas por lo que el empleador debe proveer de protectores auditivos tipo copa. La asbestosis, que es una enfermedad pulmonar crónica causada por la exposición prolongada e inhalación de fibras de asbesto, pudiendo causar cicatrización del tejido pulmonar y falta de aire. Las dosis bajas de radiaciones ionizantes pueden aumentar el riesgo de presentar problemas de salud a largo plazo, como el cáncer; entre muchas otras enfermedades profesionales, de ahí la importancia para el uso de EPP ante situaciones que no necesariamente producen un daño inmediato como amputaciones o golpes.
Visto las innumerables situaciones de riesgos a las que están expuestos los trabajadores (con consecuencias dañinas inmediatas o a largo plazo). Entra en juego el Derecho Laboral para asegurar la presencia y el uso de EEP así como proveer de distintas pautas con respecto a los mismos.
Normativas reguladoras en el uso de EPP.
Para empezar, es importante remarcar que el empleador debe proveer de EPP a los trabajadores. El Decreto 406/88, Título V, Capítulo I, art. 1, nos dice: “En los trabajos en que se requieran medios de protección para defender la salud del trabajador, éstos serán de uso obligatorio y deberán ser provistos por el empleador, en forma gratuita, así como las instrucciones de uso y mantenimiento, debiendo proveer aquellos elementos necesarios para los mismos…”. Lo mismo en el Decreto N° 321/009, sobre: Reglamentación del Convenio Internacional de trabajo Nº 184 sobre Seguridad y Salud en la Agricultura, en el Capítulo V, específicamente en Gestión de productos químicos, art. 45, versa: “El empleador deberá proporcionar en forma gratuita al trabajador los elementos de protección personal adecuados al producto que deberá manipular a fin de evitar el contacto con el mismo”. En el Decreto Nº 291/007, visto en el Convenio Internacional del Trabajo Nº 155, y ratificado por la ley Nº 15965 de 28 de Junio de 1988, en el artículo 3 del decreto de marras, dice en relación a los EPP: “ …El trabajador deberá cuidar que los medios de protección personal se conserven en condiciones satisfactorias de uso y buen funcionamiento…” y agrega en el mismo artículo: “…siendo de cargo del empleador el mantenimiento, reparación o reposición de dichos elementos.” En el Decreto Nº 406/88 está lleno de artículos que cita el uso de elementos de protección personal, que a su vez se van modificando, como sucede con el Decreto N° 7/018,publicado el 16/01/2018 (Modificación del reglamento de seguridad e higiene ocupacional, aprobado por Decreto 406/988), que en su art. 3 modifica el art. 21 del Capítulo VIII (Cinturón de seguridad) del Título V del Decreto 406/988, quedando de la siguiente manera: “Es obligatorio el uso de cinturón de seguridad en aquellos trabajos realizados en condiciones tales que el trabajador esté expuesto a caídas libres de dos o más metros de altura y en aquellos realizados en espacios confinados en que pueda ser necesario izar o rescatar al trabajador.”, siendo antes obligatorio a partir de 3 o más metros de altura. En el Título II, Capítulo XV, Decreto 406/88, en el art. 55, nos habla de la prohibición del ingreso de los empleados a espacios confinados (tanques, ductos, pozos negros, cloacas) y citando sin: “…uso de equipo respiratorio autosuficiente o con línea de aire limpio exterior, uso de cinturón de seguridad o arreos de rescate, etc…”. En el Título V del decreto 406/88, se trata por excelencia sobre Medios de Protección Personal, donde en el Capítulo I en los artículos del 1-5 habla sobre las Disposiciones Generales; en el Capítulo II (artículos 6 y 7) sobre Protección en Cabeza como cascos. En los Capítulos subsiguientes del decreto de marras trata sobre: -Protección de los Ojos. -Protección de Oídos. -Protección Respiratoria. -Protección de Manos. -Protección de los Pies-Calzado. -Cinturón de seguridad. -Incluso la Ropa de Trabajo es un tipo de EPP, por ejemplo en el Capítulo IX, artículo 24 del mismo Título y decreto, reza: “Deberá usarse ropa adecuada para cada tarea en buen estado de conservación e higiene. Cuando puedan generar riesgo de atrapamiento, prohíbase el uso de ropa suelta y otras prendas como, corbata, bufandas, pulseras collares, anillos, etc…”
Son varios los decretos que regulan el uso de EPP, y variadas las distintas actividades y situaciones donde se deben usar los EPP correspondientes. Por ejemplo en tareas de soldaduras, usar los EPP correspondientes: – gafas y máscaras faciales (para evitar proyecciones de partículas y protección contra radiaciones); -utilizar guantes y mangas largas para prevenir quemaduras, así como calzado adecuado (que protejan contra las chispas de proyección); -mandil (o delantal) de cuero; usar mascarilla para prevenir intoxicación por humos y gases.
EPP contra incendio para una Industria, se puede recomendar:-Pasamontañas: protegen las orejas, el cuello y la cara ante el calor. -Casco: pueden ser de metal (aluminio), plástico y/o fibra de vidrio o de kevlar (más ligeros), con barbijo para sujetar el casco de manera firme y cómoda; y con protector de cuello/nuca que protege la nuca contra la radiación de calor y el fuego.- Visor (viene con el casco) o Gafas de seguridad, que protegen los ojos de la radiación y el fuego. -Protección de manos: Guantes resistentes a altas temperaturas (deben cubrir hasta las muñecas). -Capa o Chaquetón: hechos de tres componentes: capa exterior, barrera hidratante y barrera termal (el cuello del chaquetón va hacia arriba para proteger el cuello y la garganta), y con muñequeras, que evitan que brasas entren en las mangas. – Pantalones protectores: para proteger miembros inferiores, deben tener los mismos principios de división de capas, de selección de tejido, barreras de hidratación y otras que el chaquetón, se debe usar entre 3-4 pulgadas por encima del talón, evitando tropezar o enredarse con el rodillo del pantalón, con Bretels/tirantes o suspensores para mantenerlos en su lugar en caso de que se vuelvan pesados al mojarse. -Protección de pies: Botas, con resistencia a la perforación, y proteger contra brasas ardientes, objetos que caen, clavos, etc. Aconsejables con plataforma de media suela de acero inoxidable.-Equipo de Respiración Autónoma, con arneses y componentes incombustibles, flujos de respiración superlativos, alta calidad en el ajuste de la máscara y diseño de las válvulas. – Sistema de seguridad de alerta personal, emite sonido en caso de atrapamiento. Estos equipos están fabricados con los siguientes materiales o combinaciones de ellos: fibras orgánicas (lana, algodón) y/o fibras sintéticas (Kevlar, Nomex, PBI, aluminio, Gore-Tex, Teflón).
Dentro de las áreas de un hospital: -En urgencias los médicos, el personal de Enfermería (Auxiliares y Lic.), camilleros, están expuestos a riesgos biológico: es decir contaminación con fluidos y secreciones de todo tipo. Es recomendable el uso de guantes de látex, bata resistente a fluidos o delantal, gafas o careta facial con tapabocas, zapatos antideslizantes y resistentes a fluidos. -Otro ejemplo es en Rayos X, Imagenología, el personal como técnicos radiólogos e imagenólogos están expuestos a riesgos por radiaciones ionizantes (rayos X). Manipulación de productos químicos para el revelado de las placas. Es recomendable el uso de delantal y guantes o mitones plomizos, protector de tiroides, gafas contra rayos X.
En trabajos con tensión en baja tensión según recomienda UTE, se ha de utilizar protecciones individuales adecuadas: -Casco aislante (En los trabajos en altura es obligatorio el uso del barbijo). -Gafas para electricista (se colocarán de modo que se ajusten a la cara). -Guantes aislantes con sobreguantes de protección mecánica (Debe utilizarse la talla adecuada para la comodidad del trabajador en el empleo de su tarea). -Calzado de seguridad. -Cinturón de seguridad (Una vez amarrado en el lugar de trabajo y antes de soltar las manos, se debe comprobar que todos los cierres están totalmente seguros y que no es posible el deslizamiento de la cuerda de amarre). -Ropa de trabajo (no debe tener accesorios metálicos, deberá cubrir totalmente piernas, brazos y tórax, y será preferentemente de tejido resistente al arco eléctrico en baja tensión).
Es importante aclarar que los EPP deben ser homologados por las normas técnicas UNIT. Por ejemplo los EPP fabricados bajo las normas IRAM (Instituto de Racionalización Argentino de Materiales), son aceptables, hay un lazo de cooperación entre UNIT e IRAM.
El uso de EPP no sólo puede salvar la vida de los trabajadores, también mejorar la calidad de la misma, dentro y fuera del puesto de trabajo, y como un corolario habrá una mejora en la calidad de trabajo y un aumento en la productividad.